Patrón portuario

150 horas

Descripción

El Curso de Patrón Portuario sirve para la obtención de un Título profesional marítimo, otorgado por la Dirección General de la Marina Mercante (DGMM) y refrendado por la Organización Marítima Internacional (OMI), perteneciente a Naciones Unidas.

Se trata de un Título Profesional consistente en un curso teórico y unas prácticas de navegación y máquinas de buques referentes a las cartas de navegación, navegación electrónica, planificación de travesías, meteorología, reglamento de abordajes, así como las materias de motores marinos y electricidad, para finalizar con asignaturas tales como maniobras, tecnología naval, emergencias a bordo, seguridad y ecología o legislación marítima.

El programa del Curso de Formación de Patrón Portuario se ajusta a lo establecido en la normativa oficial: Orden FOM 2296/2002, de 4 de septiembre y Real Decreto 973/2009, de 12 de junio, en cumplimiento del Convenio STCW 78/95, Sección A-II/3 del Código de Formación de dicho Convenio.

Colectivo al que se dirige

En buques civiles y buques mercantes, a toda persona que pretenda ejercer el mando en buques de arqueo bruto no superior a 100 GT que realicen navegaciones que no se alejen más de 3 millas de puerto o zona de refugio y que transporten un máximo de 150 pasajeros.

Puede ejercer simultáneamente las funciones de patrón y jefe de máquinas, siempre que el buque cuente con los automatismos adecuados y la potencia propulsora no rebase los 375 KW en un solo motor o el doble de la citada potencia propulsora en dos o más motores.

En los buques pesqueros: Los poseedores del título profesional de Patrón Portuario de la Marina Mercante, podrán ejercer como patrón en buques de pesca, de eslora no superior a 12 metros y que no se alejen más de 3 millas de un puerto o zona de refugio, siempre que acrediten un embarque de al menos 12 meses como marinero en la sección de puente de buques pesqueros con posterioridad a la obtención del título profesional de patrón portuario y se encuentren inscritos en el Registro de Profesionales del Sector Pesquero.

Podrán ejercer simultáneamente el mando de las embarcaciones y el servicio de máquinas, siempre y cuando lo permitan las características de la embarcación y la potencia propulsora no rebase los 100 KW.

Requisitos

  • Ser ciudadano español o disponer de nacionalidad de algún país de la Comunidad Europea para el mando en buques con pabellón español.

  • Tener cumplidos 18 años.

  • Tener el Certificado de especialidad de Formación Básica en Seguridad Marítima.

  • Estar en condiciones físicas adecuadas para superar un reconocimiento médico efectuado por el Instituto Social de la Marina (ISM) con anterioridad a la solicitud del título.

Objetivos

El curso de Patrón Portuario forma al alumno en los conocimientos necesarios para ejercer el mendo de los buques mercantes con las atribuciones que le han sido otorgadas.

REQUISITOS POSTERIORES A LA REALIZACIÓN DEL CURSO

  • El alumno deberá superar el curso y las pruebas prácticas, realizadas por un Centro autorizado por la Dirección General de la Marina Mercante, Ministerio de Fomento.

  • Haber realizado un período de embarque no inferior a 12 meses (1), debiendo acreditar al menos, 6 meses en el servicio de puente y 6 meses en el servicio de máquinas. Los días de mar o de embarque se podrán realizar en barcos de cualquier lista incluidas las listas 6ª o 7ª con contrato de marinero y estando dados de alta en la Seguridad Social. Una parte de dichos días de embarque, asimismo, se puede realizar en un Buque Escuela o en un buque mercante ejerciendo como alumno tripulante.

  • Tener el Certificado de Formación Básica en Seguridad y la Libreta Marítima (2), expedida por la Dirección General de la Marina Mercante y solicitada en la Capitanía Marítima correspondiente al interesado.

(1).- Dichos días de mar deber ser en Buques civiles españoles de arqueo bruto superior a 5 GT/TRB y potencia superior a 100 KW.

 (2).- La Libreta Marítima (antigua libreta de inscripción marítima) es un documento oficial que tiene una doble función: por un lado es el documento de identidad del marino, aceptado internacionalmente y por otra, mantiene un registro de los embarques y desembarques de su titular. Tiene forma de pasaporte y en ella se relacionan todos los detalles obtenidos por su poseedor. Para su obtención, el interesado debe poseer un título náutico profesional o un certificado de especialidad marítima.

 Nota.- En embarcaciones de dimensiones reducidas en las que no exista una diferencia de departamentos de puente y máquinas y no figure en su tripulación mínima de seguridad marineros de puente y marineros de máquinas, no será de aplicación el cumplimiento del período de embarque en las dos secciones. En estos casos, se acreditarán a través de una certificación del Patrón de la embarcación, en la que se señale esta simultaneidad de funciones del tripulante correspondiente en la embarcación en cuestión. Además, en la certificación deberá constar el Visto Bueno de la Capitanía Marítima de despacho de la embarcación.

Programa del curso

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Modalidad

Presencial

Duración

150 horas

110 horas teóricas

40 horas prácticas

Certificación

Certificado expedido por el centro docente de haber superado satisfactoriamente el curso de Patrón Portuario. Acreditación de la formación mediante Certificado Homologado, expedido por la Dirección General de la Marina Mercante. Ministerio de Fomento.